Garatge a C/ Manuel de Falla, Barri Vell
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado por persona sin justo título. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Plazas de garaje situadas en Salt, provincia de Girona. Cuentan con unas superficies desde 12 m². El edificio dispone dispone de ascensor. Se encuentra en el centro de la población, muy cerca del Ayuntamiento. Por ello, y al estar situada a menos de 15 minutos del centro de la población, la plaza de garaje se posiciona en el mercado como un activo que simplificarán necesidades de aparcamiento para vehículos grandes o pequeños (incluidas motos), que potencialmente aumentarán su valor y que aportarán soluciones logísticas, de movilidad y productividad a las empresas que desarrollan su labor en el polígono industrial. De ahí que se trate de una muy buena oportunidad para adquirirla para uso personal con un coste accesible, o bien como una inversión para destinar a arrendamiento a corto, medio o largo plazo. Este producto se sitúa por debajo de la media de precio en su zona. El precio ha sido calculado por el departamento de estudios de Solvia para ajustarse a la realidad del mercado. Ha sido visitado por nuestros especialistas para garantizar que la descripción se corresponde con las características reales del inmueble. Con nuestros servicios podrá conocer las posibilidades reales de esta plaza de garaje y valorar sus posibilidades de inversión. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - Inscripción en el Registro de la Propiedad en trámite. La anterior situación del activo puede suponer dificultad/imposibilidad en la obtención de financiación hipotecaria por el comprador. Consultar su situación actual, así como, las condiciones de su transmisión. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
- 14 m² ·
- Ascensor
