Pis amb 1 bany a C/ Fortuna, La Marina del Port
Piso de 59 m² ubicado en Barcelona. Piso de 59 m² ubicado en el barrio de La Marina de Port, en Barcelona. Se trata de una vivienda distribuida en diversas dependencias, ofreciendo un espacio funcional y bien aprovechado para la vida diaria. El inmueble se encuentra en un edificio residencial de estructura sólida y aspecto cuidado, lo que garantiza confort y seguridad a sus residentes. La vivienda se sitúa en una zona urbana consolidada, concretamente en la calle Fortuna, dentro del distrito de Sants-Montjuïc. El acceso es excelente gracias a la proximidad de importantes vías como la Gran Via de les Corts Catalanes y la Ronda del Litoral (B-10), facilitando la conexión tanto con el centro de Barcelona como con otras áreas metropolitanas. En cuanto a transporte público, la ubicación es privilegiada: a pocos minutos a pie se encuentran las estaciones de metro Foc (L10 Sud) y Foneria (L10 Sud), así como diversas líneas de autobús urbano (D20, H16, V3, 109, entre otras), lo que permite una movilidad ágil por toda la ciudad. Además, la estación de tren Barcelona-Sants, principal nudo ferroviario de la ciudad, está a escasos minutos en coche o transporte público. En el entorno inmediato se dispone de una amplia oferta de servicios: supermercados, restaurantes, centros educativos (como el Institut Montjuïc), instalaciones deportivas municipales, oficinas bancarias y una variada oferta comercial. Destacan puntos de interés cercanos como el Parc de Can Sabaté, ideal para el ocio al aire libre, y el Centro Comercial Gran Via 2, que ofrece una completa gama de tiendas y servicios. En materia sanitaria, la zona cuenta con el CAP La Marina y el Hospital de Bellvitge a pocos minutos en coche, garantizando atención médica de calidad. Además, la proximidad al puerto de Barcelona y a la montaña de Montjuïc añade valor a la ubicación, proporcionando acceso a espacios culturales, de ocio y zonas verdes emblemáticas de la ciudad. Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obt
- 1 hab ·
- 1 baño ·
- 59 m²
