Local a C/ Ibaialde, Ormaiztegi
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado por persona sin justo título. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Locales comerciales desde 72 m² ubicados en Ormaiztegi, Guipuzcoa. Se trata de locales comerciales desde 72 m² sin distribución interior . Cuentan con acceso directo desde calle, lo que facilita la entrada y salida de clientes y proveedores. Se sitúan en el núcleo urbano de Ormaiztegi, con buenos accesos por la carretera N-I, que conecta directamente con otras localidades importantes de la comarca. Además, la localidad dispone de estación de tren de cercanías, lo que permite una comunicación eficiente tanto para clientes como para proveedores. En cuanto a transporte público, existen líneas de autobús que conectan Ormaiztegi con municipios cercanos y con la capital de la provincia. En la zona se pueden encontrar servicios como supermercados, restaurantes, instalaciones deportivas, centros educativos, oficinas bancarias y otros negocios comerciales, lo que aporta un entorno dinámico y con afluencia de público. Entre los puntos de interés cercanos destaca el Museo Zumalakarregi, dedicado a la historia local y a la figura de Tomás de Zumalacárregui, así como el parque municipal, que ofrece espacios verdes y de esparcimiento. También se encuentran próximos el centro de salud y la casa de cultura, facilitando el acceso a servicios sanitarios y actividades culturales. Con nuestros servicios podrá encontrar el local comercial que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservación actual, ni su situación ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l: (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) responsabilidad alguna en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservación actual, ni su situación ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi
- 72 m²
