Land in PJ LOS CABEZONES, Mula
Terreno no urbanizable situado en el pasaje Los Cabezones, en el municipio de Mula, provincia de Mula. Tiene una superficie aproximada de 15.244 (m2) de acuerdo con catastro. Mula es una localidad y municipio español perteneciente a la Región de Murcia, situado en la Comarca del Río Mula, de la que es su capital. La población es cabeza del partido judicial del mismo nombre. Posee 16 883 habitantes (INE 2019), repartidos entre el núcleo urbano y diversas pedanías. El municipio es famoso por las Fiestas del Niño Jesús de Mula y la Tamborada, declarada Patrimonio cultural inmaterial de la Humanidad por la UNESCO. Es un suelo prácticamente llano, sin apenas pendientes. Su uso es agrario de acuerdo con catastro. A la finca se puede acceder por carretera local. Dispone de agua de riego y zona de maniobras. - La parte vendedora es propietaria de una participación indivisa del Inmueble, no siendo por ello, propietaria del 100 en pleno dominio. Dicha participación indivisa podría ser objeto de adquisición por parte del resto de copropietarios. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de Gastos e Impuestos que por Ley corresponda al Vendedor sobre el porcentaje de propiedad que ostenta la parte vendedora. y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá: (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. El inmueble ha sido adquirido a través de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavía posesión del mismo. El comprador deberá asumir la situación física y posesoria del inmueble. No se podrá visitar el inmueble al no tener el propietario la posesión, con lo cual no podrá realizarse tasación (lo cual dificultará o impedirá la obtención de financiación hipotecaria) ni será posible la tramitación del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
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