Casa o xalet amb 1 bany a Pz Constitución , Valencia de Alcántara
Oportunidad sólo para inversores. El activo se encuentra ocupado por persona sin justo título. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Casa de 80 m² ubicada en Pino, Valencia de Alcántara, Cáceres. Se trata de una casa de 80 m² distribuidos en varias estancias. Situada en la Plaza Constitución, en pleno núcleo urbano de Pino, este inmueble goza de una localización privilegiada dentro de la localidad, lo que permite disfrutar de todos los servicios y comodidades a pocos pasos. En cuanto a la zona, Pino es una pedanía pertenece a Valencia de Alcántara, un municipio con gran encanto situado en la comarca de Sierra de San Pedro, cerca de la frontera con Portugal. La Plaza Constitución es el corazón de la vida local, rodeada de pequeños comercios, supermercados, restaurantes y cafeterías, lo que garantiza una oferta variada para el día a día. En las inmediaciones encuentran centros educativos como el CEIP Nuestra Señora de los Remedios y el IES Loustau-Valverde, así como instalaciones deportivas municipales. En materia de comunicaciones, la localidad cuenta con estación de tren en Valencia de Alcántara, que conecta con Cáceres y Badajoz, y dispone de servicio de autobuses interurbanos enlazan con poblaciones cercanas y la capital provincial. El acceso por carretera es excelente, ya que la N-521 atraviesa la zona y conecta directamente con la autovía A-66 (Ruta de la Plata), facilitando los desplazamientos hacia Cáceres, Badajoz y Portugal. Además, el Hospital de Valencia de Alcántara y el Centro de Salud están a pocos minutos en coche, proporcionando atención sanitaria de calidad. Entre los puntos de interés cercanos destacan el Parque Natural Tajo Internacional, para actividades al aire libre, y el Conjunto Histórico de Valencia de Alcántara, conocido por su patrimonio monumental y cultural. Con nuestros servicios podrá encontrar la casa que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se encuentra ocupado ilegalmente por terceros y sin los suministros debidamente contratados. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotación de servicios y suministros. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble y (v) los tramites que conlleven la obtención de la Posesión Judicial del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) estado de conservación (ii) los vicios vistos y aparentes (iii) la regularización registral o catastral (iv) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (v) la responsabilidad en la obtención de la cédula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vi) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente la ocupación, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. Si en la fecha de venta, la Propiedad hubiese interpuesto una denuncia penal, que se encontrase en curso, se comunicará al Juzgado la venta, apartándose la Propiedad del procedimiento como acusación particular. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado, en consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra.
- 1 hab ·
- 1 baño ·
- 80 m²