Flat with 1 bathroom in C/ Abadessa Emma, Can Illa
Oportunidad sólo para inversores. Debido al estado ocupacional del activo, no se pueden realizar visitas al mismo. Piso de 102 m² ubicado en La Garriga, Barcelona. Se trata de un piso de 102 m² distribuidos en varias estancias. El inmueble se encuentra en el núcleo urbano de La Garriga, concretamente en la calle Abadessa Emma, una de las zonas residenciales más tranquilas y bien valoradas de la localidad. La vivienda destaca por su luminosidad y buena distribución, con estancias amplias y confortables que permiten disfrutar de un ambiente acogedor. El edificio cuenta con una estructura moderna y cuidada, lo que garantiza tanto la seguridad como el confort de sus residentes. La Garriga dispone de excelentes comunicaciones, con acceso directo a la C-17, que conecta rápidamente con Granollers y Barcelona, facilitando los desplazamientos tanto en vehículo privado como en transporte público. La estación de tren de La Garriga (línea R3 de Rodalies) se encuentra a pocos minutos a pie, ofreciendo conexiones frecuentes hacia Barcelona y Vic. Además, la localidad cuenta con varias líneas de autobús interurbano que comunican con poblaciones cercanas y servicios de taxi. En el entorno inmediato se pueden encontrar todo tipo de servicios: supermercados, restaurantes, centros educativos, instalaciones deportivas, oficinas bancarias y una variada oferta comercial. Destacan puntos de interés como el Parc dels Estudis, ideal para paseos y actividades al aire libre, y el Balneari Blancafort, uno de los balnearios más reconocidos de la zona. En cuanto a servicios sanitarios, La Garriga dispone de un centro de atención primaria (CAP La Garriga) y está a poca distancia del Hospital General de Granollers, lo que garantiza una atención médica de calidad. Con nuestros servicios podrá encontrar el piso que necesita y asegurar su inversión con el mejor de los asesoramientos especializados. Empiece ahora mismo pidiendo más información. Un responsable cercano a usted le atenderá personalmente. - El inmueble se transmite arrendado a tercero y con un posible derecho de éste a la adquisición preferente del mismo. El Inmueble se transmitirá: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado físico, calidades, jurídico, urbanístico, administrativo, de licencias, de protección, de conservación y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor. El Adquirente asumirá (i) la situación física y estado de conservación (ii) la situación urbanística (iii) las discrepancias entre la realidad física y la realidad registral y catastral o en la cabida del Inmueble (iv) la adecuación registral y catastral del Inmueble. La Propiedad no responderá de/l (i) la solvencia del arrendatario ni de las condiciones del contrato de arrendamiento, (ii) estado de conservación (iii) los vicios vistos y aparentes (iv) la regularización registral o catastral (v) las discrepancias de cabida, que pudieran existir (vi) la responsabilidad en la obtención de la cedula de habitabilidad del Inmueble, salvo que en la Comunidad Autónoma donde se ubique el Inmueble sea obligatoria su entrega y (vii) cualesquiera costes, gastos, honorarios, aranceles o tributos que se deriven de lo anterior. Si a fecha de venta, la Propiedad hubiese demandado judicialmente al arrendatario, podría el adquirente subrogarse en dicha demanda, no pudiendo reclamar importe alguno a la Propiedad como consecuencia de ello, salvo por los honorarios de abogados y procuradores que hasta la fecha de la transmisión se hubiesen devengado que, en cualquier caso, serán por cuenta de éste. El estado de ocupación y/o los impedimentos para que el inmueble pueda ser visitado libremente por los técnicos impedirían: i) su tasación oficial conforme exige la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, por lo que el inmueble, mientras perdure la situación ocupacional, no podría ser hipotecado. En consecuencia, no podría constituirse financiación hipotecaria sobre este tipo de fincas, cuya adquisición requerirá el otorgamiento de otro tipo de garantías en caso de solicitarse financiación y ii) la obtención por parte de la propiedad del certificado de eficiencia energética. En el caso de que a la Propiedad no le consten depositadas las fianzas o garantías que se constituyeron en el contrato de arrendamiento por no haber sido el arrendador inicial del contrato, el adquirente exonerara a la Propiedad de la entrega de dichas fianzas y/o garantías. El precio de venta de este Inmueble se ha determinado en base a las anteriores circunstancias, que han supuesto un menor valor del mismo, y que deberán ser expresamente aceptadas por el adquirente en la formalización de la transmisión del Inmueble. Se recomienda que el comprador obtenga asesoramiento profesional y legal antes de adoptar la decisión de compra. Prioridad: 1 Texto regla en castellano: El inmueble se
- 1 room
- 1 bath
- 101 m²
- Parking